I. Registro
Artículo 1. Finalidad
Establecer los requisitos para registrar, verificar, activar y mantener operativo un Taller dentro de Servicio Pronto.
Artículo 2. Datos requeridos
Podrán solicitarse nombre comercial, titular, teléfono, correo, dirección, departamento, municipio, ubicación, horarios, servicios ofrecidos, fotografías, información fiscal o comercial y documentos necesarios para la verificación.
Artículo 3. Exactitud
El solicitante responde por la autenticidad y vigencia de la información presentada.
Artículo 4. Cuenta inicial
La creación de una cuenta no implica aprobación automática del Taller ni derecho a recibir solicitudes.
II. Verificación
Artículo 5. Revisión
Servicio Pronto podrá revisar identidad, datos del negocio, fotografías, ubicación, categorías, servicios, documentación y cualquier requisito publicado para la modalidad correspondiente.
Artículo 6. Información adicional
Podrán solicitarse aclaraciones o documentos adicionales cuando existan inconsistencias o riesgos razonables.
Artículo 7. Resultado
La verificación podrá aprobarse, condicionarse, rechazarse o dejarse pendiente. La plataforma procurará indicar los requisitos faltantes cuando sea posible.
Artículo 8. Revisión posterior
La aprobación puede ser revisada posteriormente si cambian los datos, se reciben reclamaciones relevantes o aparecen indicios de incumplimiento.
III. Operación
Artículo 9. Disponibilidad
El Taller solo deberá marcarse disponible cuando realmente pueda recibir y gestionar nuevas solicitudes.
Artículo 10. Horarios
Los horarios publicados deberán reflejar de forma razonable la atención real. Los cambios deberán actualizarse.
Artículo 11. Servicios ofrecidos
El Taller deberá seleccionar únicamente categorías y servicios que efectivamente pueda prestar.
Artículo 12. Ubicación
La ubicación del establecimiento deberá ser suficiente para que Clientes y sistemas de asignación identifiquen correctamente el Taller.
Artículo 13. Fotografías
Las imágenes del Taller deberán corresponder al establecimiento y no inducir a error respecto de instalaciones, equipo o identidad.
IV. Permanencia
Artículo 14. Actualización periódica
Servicio Pronto podrá requerir confirmaciones periódicas de datos, documentos o disponibilidad.
Artículo 15. Pérdida de requisitos
Si el Taller deja de cumplir requisitos esenciales, podrá quedar temporalmente inactivo hasta corregirlos.
Artículo 16. Cambio de propietario
Un cambio de titularidad deberá informarse y podrá requerir un nuevo proceso de verificación.
Artículo 17. Duplicidad
No deberán crearse perfiles múltiples para el mismo Taller con el propósito de evadir sanciones, reclamos o controles.
V. Control administrativo
Artículo 18. Estados
La Administración podrá utilizar estados como pendiente, aprobado, observado, suspendido o rechazado para controlar el ciclo de verificación.
Artículo 19. Auditoría
Los cambios de aprobación, requisitos y datos críticos podrán conservarse en registros de auditoría.
Artículo 20. Revisión de decisión
El Taller podrá solicitar revisión cuando considere que una decisión se basó en información incorrecta o incompleta.
