I. Reclamos
Artículo 1. Objeto
Regular la recepción, investigación y resolución de reclamos relacionados con Talleres y sus operaciones dentro de Servicio Pronto.
Artículo 2. Fuentes
Los reclamos podrán provenir de Clientes, empleados, otros Talleres, proveedores, Administración o sistemas de control.
Artículo 3. Evidencia
Podrán revisarse órdenes, cotizaciones, autorizaciones, mensajes, fotografías, comprobantes, estados, pagos, inventario y registros de auditoría.
Artículo 4. Derecho a responder
El Taller podrá aportar explicación y evidencia cuando la naturaleza del caso lo permita.
II. Incumplimientos
Artículo 5. Incumplimientos leves
Podrán incluir datos desactualizados, errores operativos reiterados o falta de respuesta sin afectación grave.
Artículo 6. Incumplimientos graves
Podrán incluir cobros no autorizados, manipulación de evidencia, fraude, suplantación, amenazas, trabajo engañoso, uso indebido de datos o evasión deliberada de controles.
Artículo 7. Reincidencia
La repetición de incumplimientos podrá agravar las medidas aplicables.
III. Medidas y sanciones
Artículo 8. Medidas posibles
Servicio Pronto podrá emitir advertencias, requerir correcciones, limitar funciones, suspender recepción de solicitudes, restringir usuarios, suspender temporalmente o cerrar el Taller en la plataforma.
Artículo 9. Proporcionalidad
Las medidas deberán procurar ser proporcionales al riesgo, gravedad, evidencia y antecedentes disponibles.
Artículo 10. Medidas preventivas
Ante riesgo inmediato para Clientes, seguridad o integridad del sistema, podrán aplicarse restricciones preventivas antes de finalizar la investigación.
Artículo 11. Efectos
La suspensión no elimina obligaciones pendientes, garantías, pagos, entregas ni reclamos existentes.
IV. Revisión y resolución
Artículo 12. Solicitud de revisión
El Taller podrá solicitar reconsideración aportando nueva información o señalando errores relevantes.
Artículo 13. Resolución administrativa
Servicio Pronto podrá documentar la decisión y las condiciones necesarias para reactivar funciones cuando proceda.
Artículo 14. Conflictos con Clientes
Servicio Pronto podrá facilitar comunicación o mediación operativa, sin sustituir autoridades ni tribunales.
Artículo 15. Autoridades
Las partes conservan los derechos y vías legales que correspondan conforme a la legislación aplicable.
V. Integridad del sistema
Artículo 16. Evasión de medidas
Se prohíbe crear cuentas o Talleres alternos para evadir una suspensión o investigación.
Artículo 17. Cooperación
El Taller deberá colaborar razonablemente con investigaciones relacionadas con seguridad, fraude, cobros, garantías y protección de usuarios.
Artículo 18. Registro
Las decisiones, evidencias y cambios de estado podrán conservarse en auditoría para trazabilidad.
