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TALLER · POLÍTICA PÚBLICA

Empleados, Usuarios, Roles y Permisos del Taller

Versión 1.0 · Aprobada el 14 de septiembre de 2026.

I. Administración de personal

Artículo 1. Objeto

Regular la incorporación y uso de cuentas de empleados, colaboradores y usuarios autorizados del Taller.

Artículo 2. Responsabilidad del propietario

El titular del Taller es responsable de definir quién puede acceder y qué funciones puede utilizar dentro de su negocio.

Artículo 3. Cuenta individual

Cada empleado deberá utilizar una identidad o acceso individual cuando el sistema lo permita. No se recomienda compartir credenciales.

Artículo 4. Invitaciones

Los enlaces o invitaciones de acceso deberán utilizarse únicamente por la persona autorizada y podrán tener vigencia limitada.

II. Roles

Artículo 5. Principio de mínimo acceso

Cada empleado deberá recibir únicamente los permisos necesarios para realizar su función.

Artículo 6. Administrador

El rol administrativo puede gestionar configuraciones, personal y operaciones según los permisos otorgados por el propietario.

Artículo 7. Mecánico

El rol mecánico podrá acceder a órdenes, diagnósticos, estados o información técnica necesaria para ejecutar trabajos.

Artículo 8. POS o caja

El rol de POS podrá limitarse a ventas, clientes, productos, cobros y comprobantes sin acceso a funciones administrativas sensibles.

Artículo 9. Otros roles

Servicio Pronto podrá incorporar roles adicionales para inventario, recepción, finanzas, supervisión u otras funciones.

III. Seguridad y auditoría

Artículo 10. Acciones atribuibles

Las acciones realizadas por cada usuario podrán quedar registradas para auditoría.

Artículo 11. Revocación

El Taller deberá retirar acceso a empleados que terminen su relación o cambien de funciones.

Artículo 12. Acceso indebido

Se prohíbe usar permisos ajenos, elevar privilegios sin autorización o intentar acceder a información no asignada.

Artículo 13. Dispositivos compartidos

Cuando se utilicen dispositivos comunes, el Taller deberá cerrar sesión o aplicar controles para evitar accesos no autorizados.

IV. Responsabilidad

Artículo 14. Supervisión

El Taller deberá supervisar razonablemente las acciones de sus empleados dentro del sistema.

Artículo 15. Incidentes

Los incidentes de acceso deberán reportarse y podrán generar cierre de sesiones, cambio de permisos o investigación.

Artículo 16. Baja

La eliminación o desactivación de un empleado no borra necesariamente las acciones históricas realizadas durante su acceso válido.

Aprobación

Política aprobada el 14 de septiembre de 2026, en Malacatancito, Huehuetenango, Guatemala.

Oficina: Caserío Llano de las Tejas, Malacatancito, Huehuetenango, Oficina 01.

Firma:

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